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Mostrando entradas de mayo, 2020

La exención de la Plusvalía en las transmisiones en garantía de préstamos hipotecarios

El Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (TRLRHL), establece entre las exenciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), generalmente conocido como "Plusvalía", una relacionada con la transmisión de de estos bienes como consecuencia de una garantía hipotecaria.   Para tener derecho a esta exención deberán cumplirse acumulativamente las siguientes circunstancias: Requisitos subjetivos 1.- El deudor hipotecario o garante transmitente debe ser una persona física . 2.- El acreedor hipotecario debe ser una entidad de crédito o cualquier otra entidad que de manera profesional realice la actividad de préstamos o créditos hipotecarios. Requisitos objetivos 1.- La hipoteca tiene que recaer sobre la vivienda habitual del transmitente . Se considerará que cumple este requisito aquella vivienda en la que haya figurado empadronado el contribuyente de forma ininterrumpida durante, al menos, los dos

El levantamiento de la suspensión de los plazos decretada por la crisis del #Covid2019

El pasado 22 mayo se dictó el Real Decreto 537/2020, por el que se prorroga el estado de alarma en España hasta las 00:00 horas del día 7 de junio, y en el que, entre otras disposiciones, se levantan los plazos que habían sido suspendidos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma. En concreto, los arts. 8 a 10 son los que regulan esta materia, que en definitiva, vienen a establecer que: Plazos procesales La suspensión de los plazos procesales queda levantada desde el 4 de junio . Respecto a los plazos procesales el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, estableció que, una vez levantada la suspensión los mismos volverán a computarse desde su inicio , siendo por tanto el primer día del cómputo el siguiente hábil a aquel en el que deje de tener efecto la suspensión del procedimiento correspondiente, y en cuanto a los recursos dicha norma estableció que los plazos para el anuncio, preparación, formalización e interposición de recu

Cuestiones básicas que debes saber sobre el uso obligatorio de la mascarilla

En el día de hoy se ha plublicado la Orden SND/422/2020 que regula el uso obligatorio de las mascarillas por parte de la población en general; seguidamente pasamos a contestar algunas de las cuestiones que plantea dicha norma: ¿Desde cuándo es obligatorio el uso de mascarilla? Será obligatorio desde mañana día 21 de mayo y en tanto esté en vigor el estado de alarma . ¿Quién debe llevar mascarilla? Todas las personas mayores de 6 años, excepto las que se encuentren en alguno de los siguientes casos: Tener algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse afectada, otros problemas de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presente alteraciones de conducta que hagan inviable el uso de mascarilla. Desarrollar actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla. Causa de fuerza mayor o situación de necesidad . ¿Qué tipos de mascarilla son obligatorias? La norma n

Traveling to #Spain during the #COVID2019 crisis

Since last May 15 and as long as the state of alarm lasts, people who enter the Spanish State from third countries must submit to a quarantine regulated in Order SND/403/2020, published on May 9th, and which obliges them to stay in their accommodation for the 14 days following their arrival, without being able to leave it except for the following reasons, and always with a mask: Purchase of food , pharmaceuticals and other basic necessities . Assistance to health centers . When there is a cause of force majeure or need . Travel agencies, tour operators and transport companies must inform travelers of these measures at the beginning of the ticket sales process destined for Spanish territory. Airlines must provide the traveler with the public health form to locate passengers (Passanger Location card) that the traveler must deliver upon arrival in Spanish territory . This quarantine will not be mandatory in the case of cross-border workers , carriers and crews , as well as heal

Fase 1 de la desescalada: Medidas de seguridad en el trabajo

Para la primera fase de desescalada, en la que entrará la Comunitat Valenciana el próximo día 18 de mayo de 2020, se han establecido en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo,una serie de prevenciones en materia laboral que pasamos a reseñar: Continuidad del trabajo a distancia Se recomienda continuar, cuando sea posible, con el teletrabajo , en la terminología de la normativa del COVID, llamado trabajo a distancia en el Estatuto de los Trabajadores, cuya parca regulación se encuentra en el art. 13 , del que podemos destacar aquí los siguientes puntos: 1.- El acuerdo de trabajar a distancia debe formalizarse siempre por escrito . 2.- El trabajador a distancia tendrá siempre los mismos derechos que los que acudan al centro de trabajo si lo hubiera sin que este sólo hecho pueda motivar diferencias retributivas . 3.- La empresa deberá garantizar la protección de la seguridad y salud del trabajador a distancia, resultándoles de aplicación lo previsto en la Ley de Prevención de Ries

Los juicios sumarios de familia en la crisis del COVID19

El Real Decreto-Ley 16/2020 prevé un procedimiento especial y sumario en materia de familia de aplicación durante el estado de alarma y los tres meses siguientes a su finalización, cuando, como consecuencia de la pandemia del COVID 19, se haya producido una alteración de las circunstancias y en el cual se podrá decidir el restablecimiento del equilibrio en el régimen de visitas o custodia compartida, la revisión de las medidas definitivas de carácter económico: cargas del matrimonio y pensiones, y también el establecimiento de pensiones de alimentos o revisión de la obligación de prestarlos. Inicio del procedimiento El procedimiento se inicia con una demanda  como la del juicio ordinario a la que se acompañará la documentación que establece la norma y una vez admitida a trámite se convocará a las partes y al Ministerio Fiscal a una vista que deberá celebrarse en los diez días siguientes a la admisión de la demanda. A dicha vista deberán c omparecer las partes con las pruebas de