En el día de hoy se ha plublicado la Orden SND/422/2020 que regula el uso obligatorio de las mascarillas por parte de la población en general; seguidamente pasamos a contestar algunas de las cuestiones que plantea dicha norma:
¿Desde cuándo es obligatorio el uso de mascarilla?
Será obligatorio desde mañana día 21 de mayo y en tanto esté en vigor el estado de alarma.
¿Quién debe llevar mascarilla?
Todas las personas mayores de 6 años, excepto las que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
- Tener algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse afectada, otros problemas de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presente alteraciones de conducta que hagan inviable el uso de mascarilla.
- Desarrollar actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
¿Qué tipos de mascarilla son obligatorias?
La norma no especifica la que se deberá usar y menciona que se entenderá cumplida la obligación con cualquier tipo de mascarilla, preferentemente las higiénicas y quirúrgicas, que cubran la nariz y la boca.
¿En qué lugares hay que llevar la mascarilla?
En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
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