Seguidamente os compartimos información oficial sobre este Fondo ya que, a nuestro juicio, no es muy conocido y puede jugar un papel fundamental en la protección de menores o discapacitados cuyas pensiones de alimentos se vean impagadas. Se trata de un Fondo público a través del cual el Estado garantiza a los menores de edad y a los mayores con discapacidad, el pago de los alimentos reconocidos en resolución judicial o convenio judicialmente aprobado por un Tribunal español, cuando los mismos estén impagados. Su regulación se encuentra en el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre (BOE de 14 de diciembre de 2007). La ayuda se concreta en una cantidad económica que el Fondo reconoce al titular de los alimentos impagados, adelantándole la pensión alimenticia adeudada (en todo o en parte) por el obligado al pago. BENEFICIARIOS Los españoles y nacionales de Estados miembros de la Unión Europea residentes en España, menores de edad (o mayores con un grado de discapacidad superior al 65%) ...
Abogado 16.153 del Ilustre Colegio de Abogados de València