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Mostrando las entradas etiquetadas como Proba

¿Es válida la "prueba del polígrafo" en los Tribunales españoles?

Es una cuestión que se ha planteado en alguna ocasión en mi Despacho, sobre todo en procedimientos penales, la posibilidad de demostrar la verosimilitud de unas manifestaciones recurriendo a la "prueba del polígrafo" , comúnmente conocida como "detector de mentiras", un método utilizado para medir y registrar varios indicadores fisiológicos como la presión arterial, el pulso, la respiración y la conductividad de la piel mientras una persona responde a una serie de preguntas rastreando cambios fisiológicos en el cuerpo que pueden indicar estrés o nerviosismo . La citada "prueba", si bien podría ser introducida en un procedimiento como una pericial de parte, y al parecer, en algunos procedimientos se ha aceptado, e incluso es una prueba plenamente reconocida en algunos países (1), lo bien cierto es que no tiene aceptación por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo , por su dudosa constitucionalidad, ya que podría entenderse que "hurta" al Juez su l

¿Es válido un pariente como testigo?

Es una pregunta que ocasionalmente escuchamos los Abogados debido a que existe una cierta creencia de que la relación de parentesco entre alguna de las partes y el testigo impide a éste prestar testimonio ante un Tribunal. No obstante, la respuesta es, en principio, negativa: no existe norma alguna que impida declarar como testigo a un familiar por el hecho de serlo, ello a salvo, lógicamente, de la valoración que pueda efectuarse posteriormente de su testimonio en cuanto a credibilidad. Ahora bien, en el proceso penal sí existen algunas matizaciones que merece la pena exponer. La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en adelante LECRIM, (art. 416) exime de la obligación de declarar en una causa penal a los ascendientes y descendientes del procesado, a quien sea o haya sido su cónyuge o pareja de hecho , así como a sus hermanos (sean de uno o doble vínculo). Esta dispensa ha suscitado una cierta problemática en el ámbito de la violencia de género en donde en no pocas ocasiones la única o

Té validesa al procés penal l'enregistrament privat de converses?

Al voltant de la pregunta que obre esta entrada es va pronunciar el Tribunal Suprem en una Sentència del passat 15/07/16 on va fer recull de la doctrina jurisprudencial al respecte manifestant que: 1r) La utilització en el procés penal de gravacions de converses privades gravades per un dels interlocutors, no vulnera en cap cas el dret constitucional al secret de les comunicacions. 2n) Tampoc vulnera el dret constitucional a la intimitat, llevat de casos excepcionals en què el contingut de la conversa afecte al nucli íntim de la intimitat personal o familiar d'un dels interlocutors. 3r) Vulneren el dret fonamental a no declarar contra si mateix i a no confessar-se culpable, i en conseqüència incorren en nul·litat probatòria, quan s'han realitzat des d'una posició de superioritat institucional (agents de l'autoritat o superiors jeràrquics) per obtindre una confessió extraprocessal arrencada mitjançant engany, llevat dels supòsits d'enregistraments autoritzats pe