Es una cuestión que se ha planteado en alguna ocasión en mi Despacho, sobre todo en procedimientos penales, la posibilidad de demostrar la verosimilitud de unas manifestaciones recurriendo a la "prueba del polígrafo" , comúnmente conocida como "detector de mentiras", un método utilizado para medir y registrar varios indicadores fisiológicos como la presión arterial, el pulso, la respiración y la conductividad de la piel mientras una persona responde a una serie de preguntas rastreando cambios fisiológicos en el cuerpo que pueden indicar estrés o nerviosismo . La citada "prueba", si bien podría ser introducida en un procedimiento como una pericial de parte, y al parecer, en algunos procedimientos se ha aceptado, e incluso es una prueba plenamente reconocida en algunos países (1), lo bien cierto es que no tiene aceptación por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo , por su dudosa constitucionalidad, ya que podría entenderse que "hurta" al Juez su l
Abogado 16.153 del Ilustre Colegio de Abogados de València